Cambio de Uso de Local a Vivienda en Madrid

¿Por qué convertir tu local en vivienda? Ventajas y normativa

La escasez de vivienda asequible y la alta demanda de alquiler en la capital han disparado el interés por el cambio de uso de local a vivienda en Madrid. Con esta operación incrementas el valor del inmueble hasta un 30 %, obtienes rentas estables y aprovechas las bonificaciones del Ayuntamiento. Nuestro equipo técnico se encarga de cumplir el Plan General de Ordenación Urbana (PGOUM) y la Ordenanza de Habitabilidad, garantizando altura libre, ventilación, iluminación y accesibilidad.

Nuestro servicio integral llave en mano

Redacción del proyecto técnico

Gestión de licencias y trámites municipales

Ejecución de obra y coordinación de gremios

Certificados finales y alta en catastro

En Midamar coordinamos todas las fases: un único interlocutor que elabora el proyecto visado, tramita la licencia urbanística (Declaración Responsable o Licencia de Obra Mayor, según el caso) y dirige la obra con personal propio. Incluimos estudio geotécnico, boletines de instalaciones, certificado energético y cédula de habitabilidad para que puedas escriturar y registrar la nueva vivienda sin sorpresas.

Proceso en 6 pasos

01

Visita y viabilidad gratuita

Medición láser y análisis normativo in situ.

02

Anteproyecto 3D

Propuesta de distribución y presupuesto detallado.

03

Proyecto básico y de ejecución

Firmado por arquitecto y aparejador colegiados.

04

Licencia y comunicados

Presentación telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

05

Obra

Demoliciones, refuerzos estructurales, instalaciones y acabados; plazo medio: 10-12 semanas.

06

Legalización y alta catastral

Entrega de libro del edificio, certificado final de obra y actualización en Catastro.

Ayudas y financiación 2025

Actualmente existen subvenciones de hasta 15.000 € para actuaciones que mejoren la eficiencia energética y la accesibilidad de locales reconvertidos. Gestionamos la documentación para los programas Next Generation EU y facilitamos acuerdos con entidades financieras que cubren hasta el 80 % del coste a un interés preferente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué altura mínima exige el PGOUM?

2,50 m en zonas habitables; 2,20 m en baños y pasillos.

Declaración Responsable: 1-2 semanas; Licencia de Obra: 1-2 meses.

Sí, una vez inscrita la nueva referencia catastral.

Sí, al tratarse de cambio de uso, debe cumplirse DB-HR del CTE.

Datos de contacto

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Avda de Orihuela 4. Alicante.

Dirección Madrid

Calle Dodge 2 portal D 5e 28041 Madrid

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