Cambio de Uso de Local a Vivienda en Alicante

¿Por qué convertir tu local en vivienda? Ventajas y normativa

La demanda de vivienda en la Costa Blanca y el auge del alquiler turístico han impulsado el cambio de uso de local a vivienda en Alicante. Esta operación incrementa el valor del inmueble y abre la puerta a nuevas rentas. Nuestro equipo técnico garantiza el cumplimiento del Plan General de Ordenación Urbana de Alicante (PGOU) y del Decreto 151/2017 de Habitabilidad de la Generalitat, cubriendo requisitos de superficie mínima (38 m²), ventilación cruzada y accesibilidad.

Nuestro servicio integral llave en mano

Redacción del proyecto técnico

Gestión de licencias y trámites municipales

Ejecución de obra y coordinación de gremios

Certificados finales y alta en catastro

En Midamar centralizamos todo el proceso: elaboramos el proyecto visado por arquitecto, tramitamos la Declaración Responsable de Obra Menor o la Licencia de Obra Mayor según el PGOU, y dirigimos la obra con cuadrillas propias. Incluimos boletines eléctricos, certificados de fontanería, certificado energético y cédula de habitabilidad valenciana para que puedas escriturar sin contratiempos.

Proceso en 6 pasos

01

Visita y viabilidad gratuita

medición láser y análisis urbanístico.

02

Anteproyecto 3D

Propuesta de distribución y presupuesto detallado.

03

Proyecto básico y de ejecución

visado COACV.

04

Licencia municipal

presentación telemática en Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante.

05

Obra

refuerzos, nuevas instalaciones y acabados (plazo medio: 10-12 sem.).

06

Legalización y alta catastral

certificado final de obra y cambio de uso en Registro.

Ayudas y financiación 2025

La Generalitat Valenciana concede subvenciones de hasta 12 000 € para actuaciones que mejoren eficiencia energética y accesibilidad en cambios de uso. Gestionamos la documentación del Plan Irta y te conectamos con entidades que financian hasta el 80 % del proyecto a tipo preferente.

Preguntas Frecuentes

¿Superficie mínima exigida?

38 m² útiles según Decreto 151/2017.

Declaración Responsable: 1-2 sem.; Obra Mayor: 1-2 meses.

Sí, tras inscribir la vivienda en el registro de la GVA.

Debe cumplir DB-HR (mín. 50 dB a recinto colindante).

Datos de contacto

Hablemos de Tu Proyecto: Contacta con Nosotros

Dirección Alicante

Avda de Orihuela 4. Alicante.

Dirección Madrid

Calle Dodge 2 portal D 5e 28041 Madrid

Email de contacto

Info@midamarrehabilitaciones.com

Teléfono

699 34 35 36

Whatsapp

699 34 35 36